En 1987, el Decreto Ley 22175 "Ley de Comunidades Nativas y de Desarrollo Agraria de las Regiones de Selva y Ceja de Selva", dispone otorgar a las Comunidades Nativas Títulos de Propiedad de los territorios que actualmente ocupan.
En 1987, grande error en los Títulos que otorgaron NO consideraron, ni clasificaron extensión de tierras con aptitud forestal, ni mucho menos evidenciaron la conservación del medio ambiente y la riqueza indígena.
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